Justicia fiscal y justicia de género: dos demandas urgentes e inseparables
En Argentina, la desigualdad de género es un hecho: las mujeres realizan el 76% de las tareas domésticas no remuneradas, ganan en promedio un 29% menos que sus pares varones y constituyen el 70% de la población de menores ingresos. La responsabilidad del Estado es erradicar las brechas de género y, a través de ciertas políticas, se lograron algunos avances que tienden a ese objetivo. Por ejemplo, la Moratoria Previsional permitió el acceso a una jubilación a mujeres que trabajaron en el hogar y no habían realizado aportes formales al sistema previsional. Sin embargo, existen otras políticas a través de las cuales el accionar del Estado, en vez de mitigar, profundiza las brechas de género. Entre ellas se encuentra el carácter regresivo del sistema tributario, el sostenimiento de exenciones fiscales injustificadas y la toma desmedida de deuda pública.
Esta semana el FMI advirtió que el gobierno nacional deberá tomar medidas “tempranas y decididas” para abordar los costos fiscales de la Ley de Plan de Pago de Deuda Previsional aprobada en febrero y asegurar el cumplimiento de las metas fiscales acordadas con el Fondo. Esta moratoria permitirá acceder a 800.000 personas a una jubilación, que en su mayoría son mujeres que tuvieron a cargo tareas de cuidados no reconocidas ni remuneradas, o que transitaron parte de su vida en el mercado informal de trabajo. Sin embargo, el acuerdo con el FMI pone en peligro esta y otras políticas sociales claves para garantizar la igualdad de géneros, acentuando la brecha en el acceso a derechos por parte de las mujeres.
¿Cuál es el rol del Estado en la erradicación o profundización de las brechas de género? Para responder a esta pregunta analizamos el impacto de las decisiones en torno al cobro de impuestos, el gasto y el endeudamiento público.
Al analizar el gasto público vemos que el Ministerio de Economía identificó el 14,48% del presupuesto planeado para el año 2023 como “presupuesto con perspectiva de género (PPG)”, lo que significa que contribuye a cerrar brechas de género. Sin embargo, existen problemas históricos de subejecución en algunas políticas. Por ejemplo, el programa fortalecimiento edilicio de jardines infantiles, fundamental para una redistribución más justa de los cuidados, sufre recortes del presupuesto disponible y bajos niveles de ejecución hace años. A su vez, el proyecto de ley Cuidar en Igualdad prevé que el Ministerio de Obras Públicas destine al menos el 8.5% de su presupuesto a la ampliación de la infraestructura pública de cuidados y crea un registro nacional de trabajadoras y trabajadores, pero sigue sin ser tratado en el Congreso.
Uno de los argumentos más usados para justificar la falta de atención a estas políticas es la falta de recursos. Sin embargo, lo que hay es una falta de priorización. El costo de ampliar las licencias de cuidado para las personas gestantes, no gestantes y adoptantes (0,14% del PIB) es menor que la pérdida de recaudación que resulta por la exención injustificada del pago del impuesto a las ganancias por parte de magistrados/as y funcionarios/as del poder judicial nacional y provincial (0,16% del PBI).
También es clave preguntarse qué está pasando con la recaudación de impuestos: la manera en la que el Estado recauda es inequitativa: el sistema tributario es regresivo y tiene sesgos de género porque recauda más, en términos proporcionales, de impuestos regresivos como el IVA, que afectan desproporcionadamente a los sectores que menos tienen, dentro de los cuales las mujeres se encuentran sobrerrepresentadas. Es imprescindible contar con impuestos equitativos que puedan erradicar la desigualdad de género, en vez de reproducirla.
Por último, para entender qué rol ocupa la deuda pública en todo esto es importante considerar que dos de las consecuencias más concretas, debidas principalmente al el corrimiento del Estado en la prestación de servicios públicos y protección social, son el aumento del endeudamiento doméstico y del trabajo no remunerado al interior de los hogares. Las mujeres trabajan más horas, tienen menos ingresos y hacen un aporte desproporcionadamente mayor al sistema tributario que los varones. Al mismo tiempo, son quienes se hacen cargo de atenuar, con su trabajo y endeudamiento, el impacto de la reducción en inversión social y otras condicionalidades impuestas por la deuda. Aun así, las políticas públicas necesarias para revertir estas desigualdades no son priorizadas.
Es clave que la resolución de la grave problemática de deuda que enfrenta Argentina no se realice a expensas de los derechos. El Estado asumió el compromiso de revertir la desigualdad estructural de género, y para eso debe utilizar las herramientas de política fiscal ¿cómo? asignando los recursos necesarios para financiar políticas de cuidados, contra la violencia de género y para la reducción de brechas en general; regulando los gastos tributarios y eliminando exenciones fiscales injustificadas; y haciendo más equitativa la recaudación de impuestos mediante un aumento en la progresividad de aquellos que recaen sobre la riqueza y los ingresos, como Bienes personales y Ganancias de personas.
Para saber más leé el documento “Justicia fiscal y justicia de género: dos demandas urgentes e inseparables”