Martín Soria cuestionó las demoras de la Justicia en dar tratamiento a las causas que involucran a Mauricio Macri

Martín Soria cuestionó las demoras de la Justicia en dar tratamiento a las causas que involucran a Mauricio Macri

El ministro de Justicia, Martín Soria, cuestionó hoy las demoras en el tratamiento judicial de causas que involucran al expresidente Mauricio Macri, al tomar como ejemplo el fallo de este jueves del juez Martín Cormick quien, transcurridos siete años, anuló el decreto por el cual el exmandatario habilitó el blanqueo a familiares de funcionarios. (Télam)

“Siete años demoró la Justicia para anular el decreto de (Mauricio) Macri que beneficia a su familia ¿Cuánto más evitará (jueza María Eugenia) Capuchetti investigar la criminal deuda de Macri con el FMI o (juez Alejandro) Catania el contrabando de armas para el Golpe en Bolivia?”, expresó hoy el ministro desde su cuenta de la red X y argumentó que “por eso la oposición se niega a reformar la justicia”.

De esta manera, Soria se refirió a la decisión del juez en lo Contencioso Administrativo Federal 11 quien declaró hoy la nulidad de cuatro artículos de un decreto de Macri que habilitó el acceso al blanqueo de activos en el marco del llamado “sinceramiento fiscal” a familiares de funcionarios públicos.

Cormick hizo lugar a una demanda de la organización Abogados por la Justicia Social La Plata, Berisso y Ensenada, la Asociación Civil La Plata, Berisso y Ensenada Asociación Civil y los diputados nacionales Rodolfo Tailhade, Juliana Di Tullio y Diana Conti.

En la sentencia, el magistrado de primera instancia sostuvo que la firma de ese decreto significó “la extensión de un beneficio a un caso no previsto oportunamente en la ley”.

Ello implicó la inclusión en el beneficio “de un grupo de sujetos (cónyuges, padres e hijos menores emancipados de los sujetos alcanzados en los incisos a) al w) del artículo 82 expresamente excluidos en el artículo 83 de la ley”.

Además, el Decreto 1206/06 llevó la ampliación del beneficio del blanqueo de capitales previsto en la ley a “situaciones no previstas” y a la “inclusión de sujetos originalmente excluidos”.

“Bajo una supuesta pretensión de incorporar precisiones, se modifican aspectos de la Ley 27.260, generándose en consecuencia un exceso en la reglamentación de la ley”, concluyó el juez.

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