La anulación del Código de Edificación de la Ciudad destapa conductas detestables

La anulación del Código de Edificación de la Ciudad destapa conductas detestables

La semana pasada se tomó conocimiento de un fallo extraordinario de la Jueza Liberatori, que declaró, en primera instancia, la nulidad absoluta de las leyes 6110 y 6438, por las cuales la Legislatura de la Ciudad aprobó, en 2018, un nuevo Código de Edificación. De esta forma se dio lugar a la demanda colectiva iniciada hace cinco años por la Fundación Rumbos.

Dicho Código de Edificación definió la posibilidad de construir edificios con dimensiones interiores poco menos que infrahumanos, como las microunidades de vivienda de 18m2 y retrocedió en el tiempo y el desarrollo social para atacar derechos adquiridos para el buen vivir de personas con dificultades de movilidad, como los que habían quedado plasmados en la Ley 962 que atendió sus necesidades básicas de accesibilidad.

La declaración de nulidad devuelve razonabilidad a las normas sobre dimensiones de los lugares de acceso y habitabilidad, algo que es crucial para las personas con las dificultades mencionadas, pero también absolutamente necesario para quienes no sufren ese problema. El espacio que habitamos debe estar pensado para brindar comodidades para la vida diaria, tanto en nuestros domicilios como en todo otro lugar, sea de trabajo, esparcimiento o cualquier otro. El espacio que habitamos debe ser acogedor y no expulsivo.

Pero, además, el fallo judicial pone a la luz una conducta lamentable y que quienes participamos en las reuniones de Audiencias Públicas desarrolladas en esta y otras oportunidades vimos y sufrimos por la conducta seguida por la bancada oficialista de los últimos cuatro mandatos. El texto de la sentencia dice, entre otras cosas: “Lo ocurrido en el proceso legislativo es lo contrario a lo que establece la Convención, dado que la Audiencia Pública devino en un mero trámite formal a causa de que los legisladores no dieron ninguna respuesta satisfactoria a los planteos sustanciales formulados por los actores. Por lo tanto, son los propios legisladores quienes convirtieron a una instancia relevante de participación ciudadana en un decorado, un show, un artilugio para dar por cumplido lo que entendieron como un mero requisito y sacárselo de encima”.

Quienes estuvimos en la Audiencia Pública desarrollada antes de que se aprobara el Código de Edificación ahora anulado, damos testimonio de la conocida actitud despectiva de varios legisladores presentes que conversaban entre ellxs, atendían el celular o vaya a saber en qué nube divagaban mientras se sucedían los más que fundados argumentos presentados por vecinxs, muchxs de ellxs con dificultades de movilidad, otrxs representadxs por sus familiares o acompañantes, todxs alertando sobre el retroceso social y técnico que representa la norma analizada en ese momento, evidentemente pensada en función de los intereses del mercado inmobiliario y totalmente ajena a la calidad de vida. No había interés en escuchar por que ya había una decisión previa de dar la aprobación sólo por la fuerza del número (otra mala costumbre, por cierto).

Saludamos el fallo de la Jueza Liberatori, por que anula normativas indeseables y llama la atención sobre una conducta repetida que falta el respeto a la participación ciudadana estipulada por la Constitución de la Ciudad.

Felicitamos a la Fundación Rumbos por su lucha permanente y por este importante logro que esperamos sea reconocido en las siguientes instancias judiciales que corresponda superar.

Fuente: SOS Caballito

joly

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